TIERRAS FRENTE AL PERITO MORENO: EL GOBERNADOR VIDAL AUTORIZÓ UNA OPERACIÓN CON CAPITALES ÁRABES Y TERMINÓ DENUNCIADO PENALMENTE

Un decreto del gobierno de Santa Cruz abrió el camino para una operación inmobiliaria vinculada a inversores de Emiratos Árabes Unidos en un área de enorme valor ambiental y estratégico. Detrás de la sociedad creada para el emprendimiento aparece Albwardy Investment, un conglomerado internacional ligado a la hotelería de lujo. La autorización desató una polémica por el destino de tierras protegidas frente al glaciar Perito Moreno y derivó en una denuncia penal contra el gobernador Claudio Vidal.

Por Roque Pérez para NLI

Retrato de un hombre con un fondo de glaciares, incluyendo el glaciar Perito Moreno y un letrero que dice 'Tierras Protegidas Península de Magallanes'. En primer plano, documentos sobre un decreto gubernamental y detalles de inversión en un proyecto hotelero en Calafate.

La Patagonia vuelve a quedar en el centro de una discusión que excede por mucho un negocio inmobiliario: quién decide el destino de las tierras argentinas, qué controles se aplican cuando intervienen capitales extranjeros y hasta dónde puede avanzar un proyecto turístico en un entorno natural de valor excepcional. En Santa Cruz, la autorización para avanzar con una operación sobre terrenos frente al glaciar Perito Moreno encendió las alarmas y colocó al gobernador Claudio Vidal bajo cuestionamiento político y judicial. La controversia involucra a inversores de Emiratos Árabes Unidos, una sociedad constituida en la Argentina durante 2026 y un emprendimiento vinculado con el negocio internacional de la hotelería de lujo.

La información puso el foco en el permiso concedido por la administración santacruceña y en la denuncia penal presentada contra el mandatario provincial por la operación. El núcleo del conflicto es concreto: la habilitación de una venta de tierras en un área de sensibilidad ambiental, frente a uno de los principales símbolos naturales de la Argentina, a favor de intereses empresarios vinculados con capitales extranjeros. La cuestión exige conocer el alcance exacto de la autorización, la situación jurídica de los terrenos, las restricciones ambientales aplicables y los fundamentos utilizados por el Ejecutivo para permitir la operación.

No se trata solamente de discutir la instalación de un hotel o la llegada de inversiones. Cuando el territorio involucrado se encuentra en las inmediaciones de un patrimonio natural de relevancia internacional, las decisiones sobre la propiedad y el uso del suelo deben examinarse con especial rigor. La promesa de desarrollo turístico no puede reemplazar los controles legales ni resolver por sí sola las preguntas sobre el impacto ambiental, la titularidad de la tierra y las condiciones impuestas a los compradores.

Una sociedad argentina creada para el negocio de los capitales emiratíes

Uno de los datos centrales de la operación es la aparición de ASB Hospitality Calafate S.A.U., una sociedad anónima unipersonal constituida en la Argentina el 27 de julio de 2026, con un capital social declarado de 30 millones de pesos. Según los antecedentes societarios difundidos, su único accionista es ASB Hospitality LLC, compañía registrada en Dubái, Emiratos Árabes Unidos, bajo el número 155239/1/2018.

El objeto social de la firma argentina comprende actividades hoteleras, turísticas e inmobiliarias. Su estructura societaria conecta el emprendimiento patagónico con una empresa extranjera perteneciente al grupo inversor Albwardy Investment, conglomerado privado con actividad internacional en el sector hotelero. Entre las marcas con las que el grupo desarrolla u opera negocios de hotelería de lujo aparecen Four Seasons, Hyatt y Meliá, de acuerdo con la información publicada sobre la compañía.

La secuencia merece atención: una sociedad local creada en julio de 2026, un accionista único radicado en Emiratos Árabes Unidos y una autorización provincial que habilita el avance de una operación territorial de alto impacto potencial. La constitución de una empresa argentina controlada por una sociedad extranjera no implica, por sí misma, una irregularidad. Pero sí vuelve indispensable reconstruir la cadena de titularidad, identificar a los beneficiarios finales, establecer qué tierras están involucradas y determinar bajo qué régimen legal se autorizó la transferencia.

El capital social de 30 millones de pesos tampoco debe confundirse automáticamente con el monto de la inversión hotelera proyectada ni con el precio de adquisición de los terrenos: son conceptos diferentes. Para dimensionar el negocio hacen falta los instrumentos de compraventa, las valuaciones correspondientes, la superficie comprometida y las condiciones económicas de la operación. Esos datos son esenciales para evaluar qué recibe la provincia, qué obtiene el inversor y qué obligaciones asume cada parte.

El decreto de Vidal y las preguntas que deberá responder la Justicia

La denuncia penal contra Claudio Vidal, según la información difundida por El Destape, lleva el conflicto al terreno judicial. Una denuncia no equivale a una condena ni demuestra por sí misma que se haya cometido un delito. Sin embargo, obliga a examinar los hechos denunciados, los fundamentos del acto administrativo y la eventual existencia de responsabilidades si se comprobara que la autorización vulneró normas vigentes.

El punto decisivo es el decreto provincial que abrió la puerta a la operación. Para establecer si el procedimiento fue legal, resulta necesario conocer el texto completo de esa norma, sus fundamentos, los informes técnicos que la respaldaron y los organismos que intervinieron. También corresponde determinar si se evaluaron las restricciones vinculadas con la protección ambiental, la normativa sobre tierras rurales y las reglas aplicables a la adquisición de inmuebles por sociedades extranjeras, según la ubicación y la situación jurídica concreta de los predios.

La cercanía con el glaciar Perito Moreno convierte el asunto en una discusión de interés público nacional. El valor de un territorio de esas características no se agota en su precio de mercado ni en los ingresos que pudiera generar un emprendimiento turístico. También comprende su función ambiental, su relación con los ecosistemas circundantes y las responsabilidades públicas de preservación. Por eso, cualquier autorización debe poder sostenerse sobre documentación verificable, evaluaciones pertinentes y un procedimiento transparente.

La pregunta política es inevitable: ¿qué condiciones fijó el gobierno de Vidal para habilitar la operación y qué garantías existen de que el interés público no quede subordinado al interés privado? La respuesta no puede descansar solamente en anuncios de inversión, puestos de trabajo o futuras instalaciones hoteleras. Debe surgir de los documentos oficiales, las obligaciones contractuales y los controles efectivamente previstos.

La soberanía también se juega en el territorio

La discusión interpela a Santa Cruz y al conjunto de la Argentina. El país necesita inversiones, actividad económica y empleo, pero esos objetivos no eliminan la obligación estatal de proteger el territorio, hacer cumplir la legislación y garantizar que las decisiones sobre bienes estratégicos se adopten bajo reglas claras. El capital extranjero puede participar de la economía nacional dentro del marco legal; lo que no puede darse por supuesto es que cualquier operación sea conveniente o admisible simplemente porque promete desarrollo.

En este caso, el cruce entre tierras próximas a un patrimonio natural emblemático, una sociedad controlada desde el exterior y un decreto provincial cuestionado exige una investigación documental completa. Hay que conocer la superficie exacta, la titularidad previa, el precio acordado, la identidad de los beneficiarios finales, las autorizaciones ambientales y el contenido preciso de las restricciones que pesan sobre los terrenos. También debe establecerse si la operación se encuentra consumada, en trámite o sujeta a condiciones, una diferencia determinante para comprender sus efectos jurídicos.

La Justicia deberá analizar los hechos comprendidos en la denuncia y determinar si existe fundamento para atribuir responsabilidades penales. En paralelo, el gobierno provincial tiene la obligación política de explicar públicamente por qué habilitó la operación y cuáles son las garantías que impiden que un negocio privado comprometa el patrimonio colectivo.

Frente al glaciar Perito Moreno, la discusión no puede reducirse a una disputa entre empresarios y funcionarios. Está en juego la transparencia de las decisiones públicas sobre un territorio de enorme valor natural y simbólico. La Patagonia no es una mercancía sin historia ni límites: cualquier operación sobre sus tierras debe respetar la ley, proteger el ambiente y demostrar, con documentos y no con promesas, que el interés colectivo está por encima de cualquier negocio.

La trama detrás de las 21.000 hectáreas

El expediente administrativo agrega elementos que profundizan la controversia. Según la investigación de El Destape, la operación involucra aproximadamente 21.000 hectáreas dentro del Área Natural Protegida Península de Magallanes, en el departamento Lago Argentino. La firma que aparece como propietaria y vendedora es Lacustre del Sud S.A., mientras que la sociedad habilitada para adquirir los terrenos es ASB Hospitality Calafate S.A.U. La investigación periodística reconstruye una secuencia de decisiones administrativas que permitió avanzar con el proyecto turístico conocido como Master Plan Ecocentro.

El proyecto turístico original recibió aprobación provincial en mayo de 2026. Posteriormente, se incorporaron modificaciones que habilitaron la transferencia del emprendimiento a otra sociedad. El 27 de julio se constituyó la firma argentina controlada por capitales emiratíes y, el 1 de septiembre, Vidal firmó el Decreto 915/2026, que exceptuó la operación de restricciones provinciales. La norma fue publicada el 22 de septiembre, de acuerdo con la reconstrucción periodística.

La discusión jurídica no es menor. Los denunciantes sostienen que la operación avanzó mientras estaba vigente la Ley Nacional 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, y cuestionan que se haya utilizado una excepción provincial para permitir la transferencia. También plantean posibles incompatibilidades con la Ley General del Ambiente, la normativa de protección de glaciares y el Acuerdo de Escazú. Son argumentos que deberán ser examinados por las autoridades judiciales competentes, no delitos que puedan darse por probados de antemano.

La presentación judicial también cuestiona que la autorización se haya concedido sin la conformidad previa que, según los denunciantes, correspondía en materia de zonas de seguridad. La denuncia tramita ante la Justicia Federal de Río Gallegos y, según El Destape, el juzgado dio intervención al Ministerio Público Fiscal.

Una inversión millonaria no reemplaza la transparencia

Vidal había anticipado una inversión turística extranjera superior a los 90 millones de dólares y prometido la generación de unos 300 puestos de trabajo. Sin embargo, la información publicada sobre el decreto no permite establecer por sí sola que esas cifras estén íntegramente respaldadas por un compromiso contractual firme ni que se refieran de manera inequívoca al mismo proyecto. Esa diferencia importa: un anuncio político no equivale a una inversión ejecutada, del mismo modo que la creación de una sociedad no demuestra que el capital anunciado haya sido efectivamente desembolsado.

Las objeciones tampoco provienen exclusivamente de la oposición política. Entidades vinculadas con el turismo y los guías de Santa Cruz reclamaron precisiones sobre las construcciones previstas, el consumo de agua, el tratamiento de efluentes, los residuos, la demanda energética y el impacto sobre la actividad turística local. La Legislatura provincial aprobó un pedido de informes para acceder al expediente y conocer los fundamentos técnicos y jurídicos de la decisión, según la cobertura de LM Neuquén.

La controversia expone, además, una contradicción de fondo: si un territorio protegido tiene restricciones específicas, ¿por qué se consideró necesario exceptuar la operación y qué garantías aseguran que esa excepción no debilite la protección del área? La respuesta debe surgir de los documentos, de los estudios ambientales y del marco normativo aplicable, no de la sola invocación de una inversión estratégica.

La denuncia contra Vidal pone ahora el foco sobre una decisión concreta de su gobierno. La investigación deberá determinar si el decreto se ajustó a derecho y si existieron responsabilidades administrativas o penales. Pero, más allá del desenlace judicial, la obligación política inmediata es explicar por qué se habilitó esta transferencia, qué controles se aplicaron y qué beneficios verificables recibirá la comunidad.

La defensa del territorio argentino exige algo más que discursos sobre inversiones. Frente al Perito Moreno, el Estado debe demostrar que las reglas ambientales y territoriales no se convierten en obstáculos descartables cuando aparece un inversor poderoso. Si hubo irregularidades, deben investigarse y establecerse las responsabilidades correspondientes. Y si el gobierno sostiene que actuó conforme a derecho, debe probarlo con el expediente completo, los informes técnicos y una explicación pública que esté a la altura de un territorio que pertenece al patrimonio natural de todos los argentinos.


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