El presidente ultraderechista Javier Milei, reside desde hace cuatro meses en el exclusivo Hotel Libertador, propiedad de la empresa IRSA. La situación despierta interrogantes sobre quién financia su estadía. Este vínculo con Elsztain, el empresario dueño del hotel y aportante a su campaña, levanta cuestionamientos éticos y legales sobre posibles dádivas políticas, contrariando la Ley de Ética Pública (Ley 25.188) que prohíbe a funcionarios recibir beneficios que afecten su función.
Por Osvaldo Peralta – @OPeraltaOK para EnOrsai

Desde hace cuatro meses, Milei reside en el lujoso Hotel Libertador, propiedad de IRSA, generando preguntas sobre quién costea los más de USD 35,000 que se estima ha gastado hasta ahora.
El financiamiento de la estadía por parte de Elsztain, un empresario vinculado a la campaña del líder libertario, suscita cuestionamientos éticos y legales.
En nuestro país, la legislación establece restricciones claras sobre la recepción de dádivas o regalos por parte de políticos provenientes de empresarios o de cualquier otra fuente.
Es la Ley de Ética Pública (Ley 25.188) la que prohíbe expresamente a funcionarios y empleados públicos recibir regalos, dádivas, obsequios o beneficios de cualquier naturaleza que puedan influir en el ejercicio de sus funciones.
Esta ley busca prevenir conflictos de interés y asegurar la transparencia en el ejercicio de la función pública.
La sospecha se intensifica al vincular a Elsztain con abogados que trabajaron en el DNU que benefició a grandes empresarios, planteando la posibilidad de nulidad del decreto por falta de intervención legal gubernamental.
El prolongado tiempo de Milei en el hotel, utilizado como base de campaña y oficina de transición, incrementa los gastos, mientras la incógnita sobre quién cubre la cuenta permanece sin respuesta clara por parte del gobierno.
Esta situación se entrelaza con la mejora de ingresos de IRSA a pesar de la recesión económica, lo que añade capas de complejidad a las acusaciones de influencia empresarial en decisiones políticas.
Debemos recordar que además, el Código Penal argentino en su artículo 256 establece penas para aquellos funcionarios que soliciten o acepten dádivas, presentes o cualquier otra ventaja o beneficio en razón de su cargo, y también para quienes otorguen dichos beneficios.
La legislación argentina prohíbe explícitamente a los políticos y funcionarios públicos recibir regalos o dádivas que puedan influir en el ejercicio de sus funciones, buscando garantizar la transparencia, la ética y la imparcialidad en el desempeño de sus cargos.
Descubre más desde Noticias La Insuperable
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
