El Gobierno flexibiliza controles fiscales para bancos y aseguradoras: menos exigencias para el sistema financiero que para la economía real

Una nueva resolución elimina controles fiscales para bancos y aseguradoras al emitir factura A. Qué impacto puede tener en evasión, crédito fiscal y competencia.

Por Roque Pérez para NLI

El Gobierno nacional avanzó con una medida que vuelve a exponer el sesgo de su política económica: flexibiliza controles fiscales para el sistema financiero mientras mantiene exigencias estrictas sobre el resto del entramado productivo.

A través de una resolución de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció que bancos y compañías de seguros quedarán exceptuados del régimen de evaluación patrimonial y fiscal necesario para poder emitir factura tipo A, una instancia que sí continúa siendo obligatoria para empresas comunes.

La modificación no es menor. La factura A es la que permite el uso de crédito fiscal en el IVA, es decir, habilita a descontar impuestos en la cadena económica. Justamente por eso, el sistema vigente incluía controles previos para evitar la generación de créditos fiscales sin respaldo real, la triangulación de operaciones o la utilización de estructuras ficticias de facturación.

Con esta nueva normativa, ese filtro deja de aplicarse al sistema financiero.

El argumento oficial sostiene que tanto bancos como aseguradoras ya se encuentran regulados por otros organismos del Estado y que, por lo tanto, no sería necesario duplicar controles. Sin embargo, el efecto concreto es que se elimina una instancia de verificación tributaria para uno de los sectores más concentrados y con mayor capacidad operativa de la economía.

Interrogantes

Esto abre interrogantes relevantes en términos fiscales. La existencia del régimen de evaluación previa no respondía a una formalidad burocrática sino a una lógica preventiva: evitar que actores con alto volumen de operaciones generaran crédito fiscal de forma indebida o sin trazabilidad suficiente. Al quedar exceptuados, se amplía el margen de maniobra en la utilización del crédito fiscal y se reduce el control ex ante sobre su generación.

No se trata de afirmar automáticamente que esto derivará en evasión, pero sí de reconocer que disminuye el nivel de resguardo previo del sistema tributario en un área sensible. En economías complejas, el crédito fiscal no es sólo una herramienta contable: es una pieza central en la estructura de recaudación.

Al mismo tiempo, la medida introduce un elemento de competencia desigual. Mientras una empresa productiva debe demostrar solvencia y consistencia fiscal para acceder plenamente a la factura A, una entidad financiera podrá hacerlo sin atravesar ese mismo escrutinio. El mensaje implícito es que el riesgo fiscal se presume en el sector productivo, pero no en el financiero.

Esquema diferencial

En términos estructurales, la decisión implica que el Estado deja de ejercer un control preventivo homogéneo y pasa a establecer un esquema diferencial basado en el tipo de actor económico. No hay una eliminación general de controles, sino una redistribución: menos exigencias para intermediarios financieros, mantenimiento del régimen para empresas que producen bienes y servicios.

Así, la resolución no sólo tiene implicancias técnicas. Supone una redefinición del rol del Estado frente al sistema financiero, que pasa de ser objeto de verificación fiscal directa a quedar bajo una presunción de solvencia suficiente por su regulación sectorial.

En un contexto donde la factura A es clave para la formación de crédito fiscal y la trazabilidad de operaciones, reducir controles no es una modificación administrativa menor, sino una decisión con impacto potencial en la equidad tributaria, la competencia económica y la consistencia futura de la recaudación.


Descubre más desde Noticias La Insuperable

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario