Lo dispuso el ENRE para «generar certeza ante los problemas generados por errores de facturación».
Por la Redacción de Noticias La Insuperable

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), a trasvés de su interventor, Federico José Basualdo Richards, publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución 27/2020, mediante la cual le pone un freno a los abusos cometidos por las distribuidoras de energía EDENOR y EDESUR en la facturación.
En la misma se instruye a ambas prestadoras a “que, para aquellos usuarios y usuarias de la categoría T1 residencial (T1R) que no cuenten con tele medición, se aplique el menor consumo registrado en los último TRES (3) años previo a la emisión de la factura correspondiente al mismo periodo estimado, hasta tanto se cuente con lecturas reales de los medidores de facturación”.
Desde el Ente notificaron que desde el inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio “se han podido observar modificaciones en la demanda de energía eléctrica de los usuarios y usuarias residenciales con relación a su consumo habitual” y que el organismo “ha recibido, por distintos medios de comunicación, diversos reclamos por sobrefacturación”.
Por este sentido, consideraron necesaria «la adopción de otros criterios que se adapten a la coyuntura, buscando proteger los derechos de los usuarios y las usuarias, tratando de reflejar su situación real”, hasta tanto se concluya con la cuarentena decretada por el Gobierno nacional.
«Las eventuales diferencias que surjan entre las lecturas reales y lo que se haya facturado serán evaluadas oportunamente y se establecerán los procedimientos para su tratamiento, ponderando las circunstancias y los derechos de los usuarios y las usuarias«, expresa la medida.
Y lo más relevante es prohibir por decreto el PAGUE AHORA Y RECLAME DESPUÉS.
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Excelente. Aplaudo de pie al gobierno. Siempre pedimos esto, que esté del lado de la gente. No cuesta tanto.
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