La Legislatura adepta votó para delegarle la decisión sobre la modificación de las calzadas o la realización de calles de convivencia.
Por Tomás Palazzo para Noticias La Insuperable

Cansado de las protestas de los vecinos contra sus impulsos transformadores como las «calles verdes» y los «parques lineales», Horacio Rodríguez Larreta decidió sacarse de encima a la Legislatura porteña y acumular en el Poder Ejecutivo porteño las decisiones sobre la modificación de las calzadas o la realización de calles de convivencia. Sin importarle que la Constitución de la Ciudad lo impida, obviamente.
En el día de ayer, como un trámite más, con 38 votos positivos, 14 negativos y 2 abstenciones, aprobó las modificaciones presentadas que implican una delegación de facultades de la Legislatura al Poder Ejecutivo quien, a través de Actos Administrativos, el cual tomará decisiones que luego informará a los legisladores como algo meramente formal. De esta forma, se invierten los roles: las atribuciones de la Legislatura pasan al Ejecutivo que es quien decidirá las políticas a adoptar.
Según señalan la ingeniera e investigadora María Eva Koutsovitis, el abogado ambientalista Jonatan E. Baldiviezo y el investigador Alejandro Volkind desde El Observatorio de la Ciudad, El proyecto aprobado «busca legalizar una metodología autoritaria que Rodríguez Larreta intentó llevar adelante en proyectos como “Parque Lineales”, “Calles Verdes”, “Calles Compartidas” y que la Justicia rechazó al considerar que decisiones de esas características tienen que pasar por la Legislatura, tal como indicaba la Constitución y el Código de Tránsito y Transporte. Estas modificaciones están orientadas a crear mecanismos discrecionales en el Poder Ejecutivo para sortear instancias tanto de la democracia representativa como de la democracia participativa«.
Marco Legal
La Constitución de la Ciudad en su art. 80.2 dispone que la Legislatura legisla en materia de “obras y servicios públicos, cementerios y tránsito y transporte”. La Ley N° 4026 del año 2011 incorporó la definición de calles de convivencia en el Código de Tránsito y Transporte como “calle o tramo de la misma destinada preferentemente a la circulación peatonal, donde se admite la circulación restringida de vehículos. La velocidad máxima en ellas es de 20km/h.”. Este Código agrega, en su artículo 6.9.6 – Calles de convivencia. “El carácter de calle de convivencia a una arteria o tramo de la misma debe disponerse por Ley.”,
En el Proyecto de Ley N° 1364-J-2022 presentado por Larreta y aprobado por la Legislatura, se elimina que las calles de convivencia deban disponerse por ley y establece esta facultad en cabeza del Poder Ejecutivo.
De acuerdo al art. 1.2.2.d. del Código de Tránsito y Transporte, el Poder Ejecutivo no está facultado para autorizar y ejecutar remodelaciones definitivas o cambios de uso de una vía pública.
El art. 84 de la Constitución de la Ciudad, en tanto, es tajante al disponer que “La Legislatura no puede delegar sus atribuciones”.
Pero, con una Justicia cómplice y una Legislatura express, nada parece interponerse en «la destrucción» que emprende Horacio Rodríguez Laretta que, aunque la ley y los vecinos se opongan, «no para«.