Un fallo judicial y la difusión de las imágenes volvieron a poner en el centro del debate una problemática que atraviesa desde hace décadas los ámbitos laborales y políticos argentinos: la violencia de género ejercida desde posiciones de poder. El caso involucra al concejal libertario Alberto Montes, de San Isidro, quien deberá resarcir con 12 millones de pesos a una trabajadora municipal tras haberla tocado sin su consentimiento dentro de una dependencia pública. La causa penal, además, continúa su curso y se encamina hacia un juicio oral.
Por Ramiro C. Ferrante para NLI

Las imágenes registradas por una cámara de seguridad muestran a Montes ingresando a una oficina de la Dirección de Tránsito de San Isidro y propinándole una palmada en los glúteos a una compañera de trabajo que se encontraba de espaldas realizando sus tareas. La reacción de la mujer fue inmediata: respondió con un golpe defensivo al funcionario. Lo que algunos sectores intentaron minimizar como un episodio menor terminó convirtiéndose en un caso judicial de enorme relevancia, y que lleva a poner en tela de juicio la aptitud del Concejal para desempeñar el puesto para el que fue electo.
Más allá de la discusión jurídica, el episodio expone una realidad persistente: la naturalización de conductas de hostigamiento hacia las mujeres en espacios laborales donde las relaciones de poder suelen desalentar las denuncias. Que el hecho haya quedado grabado permitió evitar uno de los mecanismos más frecuentes en este tipo de situaciones: poner en duda la palabra de la víctima.
El problema no fue un «chiste»
La defensa pública elegida por Montes generó una fuerte polémica. Según declaró, «lo que intentó ser un chiste derivó en una denuncia». Esa explicación no hizo más que profundizar el rechazo social, porque reproduce uno de los argumentos históricamente utilizados para relativizar situaciones de acoso y violencia de género.
La idea de presentar como una broma una conducta realizada sin consentimiento desconoce un principio elemental: el cuerpo de las mujeres no está disponible para la diversión, la confianza o la supuesta simpatía de ningún compañero, jefe o funcionario. Precisamente por eso, la legislación argentina y los estándares internacionales en materia de derechos humanos consideran que el consentimiento constituye el eje central para evaluar este tipo de conductas.
En el expediente civil, el concejal acordó una indemnización de 12 millones de pesos para la víctima. Sin embargo, el acuerdo económico no implica el cierre del conflicto judicial ni extingue las responsabilidades penales derivadas de los hechos denunciados.
Cuando la política sigue mirando para otro lado
El caso también abre interrogantes sobre las responsabilidades institucionales. No se trata solamente de la conducta individual de un dirigente, sino de los mecanismos que los espacios políticos desarrollan —o no desarrollan— para prevenir, sancionar y erradicar situaciones de violencia de género.
Durante años, los movimientos feministas señalaron que las agresiones sexuales y el acoso suelen ser minimizados cuando involucran a dirigentes con poder político. Las explicaciones que apelan a la «confianza», al «malentendido» o al «chiste» forman parte de una cultura que históricamente permitió justificar conductas que afectan la integridad y la dignidad de las mujeres.
Mientras tanto, la causa penal sigue avanzando. El expediente permanece bajo la figura de abuso sexual y el concejal deberá enfrentar un juicio oral, donde la Justicia determinará las responsabilidades penales correspondientes.
La difusión del video transformó un episodio que podría haber permanecido oculto en un debate público sobre los límites del poder, el consentimiento y la violencia de género. Porque cuando una trabajadora es acosada en su lugar de trabajo, no se trata de una broma mal interpretada: se trata de una vulneración de derechos que ninguna sociedad democrática debería tolerar.
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